Acciones tendientes a desarrollar y perfeccionar hábitos, actividades, aptitudes y conocimientos de las personas, con el objeto de proporcionarles instrumentos teórico-práctico, que les permite un desempeño eficiente de sus actividades.
Acciones tendientes a desarrollar y perfeccionar hábitos, actividades, aptitudes y conocimientos de las personas, con el objeto de proporcionarles instrumentos teórico-práctico, que les permite un desempeño eficiente de sus actividades.
Es la suma de dinero que tendría derecho a recibir de su empleador el trabajador a la terminación de todo contrato por tiempo indefinido, cualquiera que sea la causa de terminación.
Medidas que debe tomar una institución al analizar el balance actuarial, cada tres años por lo menos, y tendientes a lograr la suficiencia de recursos económicos para las diferentes ramas de seguro.
Es la cantidad en efectivo que se proporciona a los trabajadores al servicio del estado que así lo soliciten, cubriendo los requisitos que se señalan en la ley y obligándose a pagar dicha cantidad en un período corto y de manera quincenal.
Son medidas de previsión y prevención social de carácter educativo fundamentalmente sus fines son las elevación de los niveles de vida de la familia y la comunidad, la capacitación para el trabajo y una mejor utilización del tiempo libre.
Las prestaciones sociales abarcan un amplio radio de acción y comprenden el otorgamiento de servicios educativos y de bienestar social a los derechohabientes, sus beneficiarios y a la población abierta. Las actividades se polarizan al seno de la familia y la comunidad como un complemento de las prestaciones médicas en el amplio territorio de la medicina preventiva.
Bienes o servicios no pecuniarios que se otorga a los derechohabientes en los casos previstos por la ley, por ejemplo:
1. Asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica
2. Servicio de hospitalización
3. Aparatos prótesis y ortopedia
4. Rehabilitación
5. Canastilla
6. Lactancia
7. Guarderías
Son las que se otorgan para proteger los medio de subsistencia de los asegurados o sus beneficiarios al realizarse los riesgos protegidos y reunirse las condiciones establecidas y sus reglamentos para cada caso. Constituye un beneficio económico y deben ser pagados por el instituto con exactitud y a oportunidad, para que cumplan con su finalidad.
Suma de dinero que se concede al asegurado, o beneficiario al sobrevenir alguna contingencia amparara por la institución de seguridad social, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley.
Es el servicio exigible conforme a derecho, por derivarse de una ley, convenio o pacto.
Preceptuar, recetar, ordenar, determinar una cosa.
Medio de adquirir bienes (positiva) o de liberarse de obligaciones (negativa) mediante el transcurso del tiempo y bajo las condiciones establecidas al efecto por la ley.