Modo de dejar sin efecto una relación jurídica contractual, en virtud del mutuo diseño de las partes (resolución voluntaria), o bien a causa del incumplimiento de una de ellas por imposibilidad de cumplir con la prestación o por su carácter oneroso.
Modo de dejar sin efecto una relación jurídica contractual, en virtud del mutuo diseño de las partes (resolución voluntaria), o bien a causa del incumplimiento de una de ellas por imposibilidad de cumplir con la prestación o por su carácter oneroso.
Guarda o custodia que por seguridad se hace por escrito en relación a alguna o algunas cosas.
Disponibilidades monetarias que el instituto invierte en valores pronta recuperación para hacer frente a los gastos normales de operación.
Son las previsiones que el instituto determina a través de estudios y cálculos actuariales, para garantizar el otorgamiento de prestaciones diferidas que está obligado a proporcionar.
Es la acción que puede ejercer el trabajador o patrón para dar por terminada la relación de trabajo, en cualquier tiempo, por causa justificada sin responsabilidad.
Solicitud o pedido de suministro de recursos específicos para la satisfacción de necesidades concretas, que forma un funcionario o empleado autorizado y, por lo general se atiende cuando fueron presupuestos de antemano los recursos financieros para su adquisición.
Documento escrito que presenta el trabajador a su unidad o dependencia, en el cual expresa su voluntad de terminar la relación laboral con el instituto.