Entrada

Pensión de invalidez

Prestación en dinero que se da al asegurado que, a causa de una enfermedad o alteración física o mental quede incapacitado para procurarse un trabajo proporcional a sus fuerzas, capacidad y formación profesional, una remuneración de acuerdo a los reglamentado por la institución de seguridad social.

Entrada

Pensión compartida

Mensualidad que se distribuye en partes iguales a la viuda y compañera (concubina), cuando la primera disfrutaba de pensión alimenticia decretada por la autoridad judicial competente; y la segunda cohabitaba con el trabajador fallecido.

Entrada

Pensión a los ascendientes

Cuando no existieran viudas, huérfanos ni concubina, la pensión se reconocerá a cada uno de los ascendientes que dependían económicamente del asegurado o pensionado fallecido, en una cantidad de la pensión que el asegurado estuvo gozando al fallecer y de acuerdo a la legislación contemplada por la institución, o de la que hubiese correspondido suponiendo realizado el estado de invalidez.

Entrada

Patrono

Persona física o jurídica, particular o de derecho público, que emplea los servicios de otra u otras, en virtud de un contrato de trabajo, expreso o implícito, verbal o escrito, individual o colectivo.

Entrada

Patrones personas físicas

Son aquellos patrones que voluntariamente solicitan su incorporación al régimen obligatorio de seguridad social.
Los patrones personas físicas con trabajadores a sus servicio cotizaran en un grupo de salario superior al que corresponda a su trabajador de más alto salario.

Ir al contenido