El trabajador separado que vuelve al servicio del instituto por acuerdo de las partes y que a partir de la fecha de reingreso empieza a generar derechos.
El trabajador separado que vuelve al servicio del instituto por acuerdo de las partes y que a partir de la fecha de reingreso empieza a generar derechos.
Conjunto de disposiciones obligatorias para trabajadores y patrones, en el desarrollo de las labores de una empresa o establecimiento.
Disposición legislativa expedida por el poder ejecutivo en uso de sus facultades constitucionales para hacer cumplir los objetivos de la administración pública.
Dependencia que tiene a un cargo el funcionamiento del seguro social o de cualquier otra institución de previsión social en un ámbito territorial definido.
Son los esquemas modificados de aseguramiento y de protección, previstos por la ley; por grupos de personas que se incorporan al régimen obligatorio con modalidades específicas de cotización y de prestaciones en dinero distintas de las establecidas para el régimen ordinario.
Es el mecanismo de incorporación a los beneficios que proporciona el instituto.
Es el que comprende la protección completa de todos los riesgos previstos por la ley, o que da derecho a recibir las prestaciones que la misma establece, en caso de realizarse los riesgos y cumplirse los requisitos que al efecto se señalan.
Es el sistema de financiamiento que se adopte (sistema de reparto, sistema de primas medias, sistema de primas escalonadas, etc.) para lograr el equilibrio financiero entre los egresos por prestaciones y los ingresos por primas o cuotas del organismo asegurador.
Es el sistema de financiamiento mediante el cual el instituto obtiene los recursos económicos para otorgar sus prestaciones.
Tiene por objeto hacer de personas totalmente extrañas a la empresa, candidatos a ocupar un puesto en ella, tanto postulándolos como despertando en ellos el interés necesario.
Cobranza, cobro, colecta. Cobrar los caudales públicos.
Para efectos de la seguridad social el cobro de los ingresos representa el importe en efectivo y cheques.