Son aquellos familiares a los cuales la ley les concede el derecho a recibir una prestación en virtud del fallecimiento de un asegurado o de un pensionado por vejes o invalidez.
Son aquellos familiares a los cuales la ley les concede el derecho a recibir una prestación en virtud del fallecimiento de un asegurado o de un pensionado por vejes o invalidez.
Son servicios complementarios para auxiliar a los médicos del sistema, en sus actividades clínicas y administrativas,
Cantidad de las cuotas obrero-patronales que no son entregadas al instituto en forma de efectivo, sino como subrogación de servicios.
Documento expedido por un médico en el hospital en el cual se responsabiliza del traslado de una paciente previa solicitud de él, sus familiares o sus representantes para su atención, debiendo informar a las autoridades judiciales, todos los requerimientos que se hagan sobre la evolución posterior del caso y dentro de los plazos que se le señalen.
Pago que se efectúa cuando los asegurados o sus derechohabientes, recurren a un servicio médico particular, sea por negativa, por falta de atención adecuada o por emergencia comprobada.
Readquisición por medio de un tratamiento adecuado, de la actividad funcional perdida a causa de una incapacidad.
Modelo de planeación y operación de los servicios médicos que permiten estratificar los recursos según su complejidad; articularlos entre sí mediante una red de comunicaciones y transportes, que facilita el uso adecuado de la oferta en función de las necesidades reales de la demanda al garantizar el acceso de derechohabientes del seguro al tercer nivel de atención.
Dependencia que tiene a un cargo el funcionamiento del seguro social o de cualquier otra institución de previsión social en un ámbito territorial definido.
Son los esquemas modificados de aseguramiento y de protección, previstos por la ley; por grupos de personas que se incorporan al régimen obligatorio con modalidades específicas de cotización y de prestaciones en dinero distintas de las establecidas para el régimen ordinario.
Es el mecanismo de incorporación a los beneficios que proporciona el instituto.
Es el que comprende la protección completa de todos los riesgos previstos por la ley, o que da derecho a recibir las prestaciones que la misma establece, en caso de realizarse los riesgos y cumplirse los requisitos que al efecto se señalan.