Economista por la Universidad Federal de Rio Grande do Norte (UFRN) que posee una formación de posgrado exhaustiva, que lo dota de una perspectiva integral para la Seguridad Social.
Economista por la Universidad Federal de Rio Grande do Norte (UFRN) que posee una formación de posgrado exhaustiva, que lo dota de una perspectiva integral para la Seguridad Social.
Jurista uruguayo de sólida formación humanista y destacada vocación pública, desempeñó a lo largo de su vida una intensa labor en múltiples esferas de la vida nacional e internacional. Su trayectoria abarcó los ámbitos político, académico, jurídico, literario y técnico-administrativo, consolidándose como una figura clave en el desarrollo institucional de la seguridad social en América Latina.
Bibliografía especializada en sistemas de financiación en la seguridad social.
Bibliografías especializadas en el tema de inteligencia artificial en la seguridad social.
Fue el quinto director general del IMSS entre 1958 y 64, en este periodo fue el presidente de la Conferencia Interamericana de Seguridad Social (CISS) y Vicepresidente de la Asociación Internacional de Seguridad Social (1958-64).
Es aquel que se contrata por los pensionados, por riesgos de trabajo, por invalidez, por cesantía en edad avanzada o por vejez, con cargo a los recursos de la suma asegurada, adicionada a los recursos de la cuenta individual a favor de sus beneficiarios para otorgarles la pensión, ayudas asistenciales y demás prestaciones en dinero previstas en los respectivos seguros, mediante la renta que se les asignará después del fallecimiento del pensionado, hasta la extinción legal de las pensiones.
Existe cuando el asegurado se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al cincuenta por ciento de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo y que esa imposibilidad se derive de una enfermedad o accidente no profesionales.
Un beneficiario es la persona o personas designadas por el asegurado, la o las cuales tendrán derecho a la suma asegurada en caso de fallecimiento de éste, pueden ser: el cónyuge del asegurado o pensionado y en su defecto, la concubina o concubinario en su caso; los ascendientes y descendientes del asegurado o pensionado señalados en la ley.
Son empresas que se dedican únicamente a administrar el dinero de los trabajadores una vez que pueden acceder a los recursos para su retiro, para entregar una pensión de por vida (renta vitalicia) y que se cobra hasta que el pensionado o los beneficiarios fallezcan.