Persona ligada a otra por el vínculo del matrimonio.
Son tanto el asegurado como los beneficiarios de las prestaciones en especia y en dinero que otorgan las instituciones de seguridad social.
Es el familiar del asegurado que conforme a la ley se encuentre afiliado a la institución de seguridad social para que se le otorgue las prestaciones respectivas.
Es toda persona que forma parte de la población asegurada o pensionada, de sus beneficiarios o asignatarios, por vigencia de derechos.
Es la persona protegida que según la Ley, puede recibir ciertos beneficios en virtud de los derechos generados por el asegurado cotizante del cual depende.
Es el número asignado para identificar el tipo de movimiento opcional de cuentas de activo, pasivo y resultados.
El procedimiento que consiste en identificar y dedicar especial atención a los individuos o grupos que, por razones biológicas, ambientales o socio-económicas, se hallan especialmente expuestos a sufrir daños en su salud, a contraer una enfermedad determinada, o a ver insuficientemente atendidos sus problemas de salud, se conoce con el nombre de criterio del riesgo. Este criterio se ha resumido con la siguiente fórmula: "Algo para todos, pero más para los necesitados, en proporción a sus necesidades."
Significa simplemente el establecimiento de un sistema de salud en el que la atención primaria de salud es la función central y el foco principal y cuenta con el apoyo del resto del sistema de salud.
Se les considera a aquellos préstamos con garantía hipotecaria sobre bienes inmuebles urbanos.
Persona inscrita al régimen de seguridad social que debe cubrir cuotas a la entidad aseguradora.
Documento mediante el cual los proveedores estipulan los precios, condiciones y especificaciones de bienes o servicios que están dispuestos a venderle al instituto.