Recursos que son depositados en la cuenta individual de cada trabajador y que son de carácter obligatorio. Estas aportaciones son de naturaleza tripartita ya que contribuyen: el patrón, el Gobierno Federal y el propio trabajador.
Recursos que son depositados en la cuenta individual de cada trabajador y que son de carácter obligatorio. Estas aportaciones son de naturaleza tripartita ya que contribuyen: el patrón, el Gobierno Federal y el propio trabajador.
Aportaciones adicionales a las obligatorias que sirven para complementar los recursos para la pensión, en caso de que el trabajador así lo decida. Estas aportaciones se pueden realizar de forma personal en las AFORES, por internet, domiciliándolas a una tarjeta bancaria, o bien, se puede solicitar al patrón que se efectúen vía descuento del salario. El ahorro voluntario no está sujeto a montos mínimos ni máximos y es susceptible de estímulos y beneficios fiscales establecidos en la Ley del ISR. Fuente: CONSAR.
Disponibilidades monetarias que el instituto invierte en valores pronta recuperación para hacer frente a los gastos normales de operación.
Son las previsiones que el instituto determina a través de estudios y cálculos actuariales, para garantizar el otorgamiento de prestaciones diferidas que está obligado a proporcionar.
Es la suma de dinero que tendría derecho a recibir de su empleador el trabajador a la terminación de todo contrato por tiempo indefinido, cualquiera que sea la causa de terminación.
Medidas que debe tomar una institución al analizar el balance actuarial, cada tres años por lo menos, y tendientes a lograr la suficiencia de recursos económicos para las diferentes ramas de seguro.
Modificación del grado y prima a las empresas, que se efectúa dentro de cada una de las cinco clases de riesgos, de acuerdo a la siniestralidad que presenten.
Son los grupos dentro de los cuales quedan integrados los asegurados.
En caso de sujetos no asalariados la base de cotización se determina en razón al ingreso promedio anual.
Fondo que concederá prestaciones complementarias por las contingencias de vejez y/o invalidez y/o muerte sobre las pensiones que por los mismos riesgos concede la institución de seguridad social.
Son las modalidades establecidas por decreto, para la incorporación obligatoria de trabajadores especiales al disfrute de los beneficios de determinados seguros.
Son las diferentes condiciones o planes bajo los cuales los trabajadores se incorporan al disfrute de prestaciones en especie o en dinero suscritas a un ramo determinado de seguro.