GLOSARIO DE SEGURIDAD SOCIAL

Voluntad Anticipada

La voluntad de una persona con capacidad de ejercicio, para que exprese su decisión de ser sometida o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar su vida cuando se encuentre en etapa terminal y, por razones médicas, sea imposible mantenerla de manera natural, protegiendo en todo momento la dignidad de la persona. (GO CDMX, 2008).
Fuente:

Glosario | Instituto Mexicano del Envejecimiento Activo. (s. f.). IMENA.

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