GLOSARIO DE SEGURIDAD SOCIAL

Tiempo de carencia

Es el número de días durante los cuales, una vez producido un riesgo protegido por la ley del seguro social, no se cubre la prestación correspondiente. Por disposición de la ley y sus reglamentos, la prestación se concede de la terminación del tiempo de carencia, si se cumplen los requisitos establecidos para el caso.
Tal vez pueda interesarte:

Publicaciones

La seguridad social en Guatemala

La presente monografía se exponen los antecedentes históricos de la seguridad social en el país; la creación y evolución de sus instituciones; el marco jurídico que la regula; su organización

Monitor de recursos

Bibliografías especializadas

Ir al contenido