GLOSARIO DE SEGURIDAD SOCIAL

Orden de atención médica

El patrono o sus representantes legales están obligados a enviar a cualquier trabajador que resultase lesionado, como causal de un accidente o enfermedad laboral, a recibir la respectiva atención médica mediante una «Orden de atención médica» inmediatamente ocurrido el mismo o la misma.
Tal vez pueda interesarte:

Publicaciones

Opciones de reforma de la seguridad social

Las tesis propuestas en los presentes textos tratan, entre otras cuestiones trascendentes, las perspectivas viables para un desarrollo más eficaz de la medicina social que responda, técnica y económicamente, a

Monitor de recursos

La Referencia

Esta plataforma permite compartir y dar visibilidad a la producción científica generada en las instituciones de educación superior y de investigación científica.

Bibliografías especializadas

Ir al contenido