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Regímenes especiales

Son los esquemas modificados de aseguramiento y de protección, previstos por la ley; por grupos de personas que se incorporan al régimen obligatorio con modalidades específicas de cotización y de prestaciones en dinero distintas de las establecidas para el régimen ordinario.

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Régimen obligatorio

Es el mecanismo de incorporación a los beneficios que proporciona el instituto.

Es el que comprende la protección completa de todos los riesgos previstos por la ley, o que da derecho a recibir las prestaciones que la misma establece, en caso de realizarse los riesgos y cumplirse los requisitos que al efecto se señalan.

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Régimen financiero

Es el sistema de financiamiento que se adopte (sistema de reparto, sistema de primas medias, sistema de primas escalonadas, etc.) para lograr el equilibrio financiero entre los egresos por prestaciones y los ingresos por primas o cuotas del organismo asegurador.

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