Es el lapso de tiempo durante el cual el asegurado deja de estar sujeto al régimen de seguridad social.
Es el lapso de tiempo durante el cual el asegurado deja de estar sujeto al régimen de seguridad social.
Suma estimada por unidad de tiempo, normalmente un mes, sobre la que cotizan los trabajadores independientes o asegurados por cuenta propia.
Cantidad de dinero o cosa que se entrega a alguien en concepto de daños o perjuicios que le han ocasionado en su persona o en sus bienes, o ambos a la vez. Importe del daño que la empresa aseguradora está obligada a resarcir al ocurrir el siniestro o la suma de dinero que debe pagar al producirse este. Resarcimiento de un daño o perjuicio.
Posibilidad de los sujetos de aseguramiento a los que aún no se hubiere extendido el régimen obligatorio de seguridad social, de solicitar incorporación al mismo, en los períodos de inscripción que fije el instituto mediante el cumplimiento de los requisitos establecidos de ley.
Derecho de los patrones y demás sujetos obligados, así como de los asegurados o sus beneficiarios de impugnar algún acto definitivo del instituto.
Obligación que tiene el patrono de retener del salario que paga el trabajador, la suma que corresponda al porcentaje que éste último deba aportar al seguro social.
Es la porción proporcional del salario que corresponde a trabajadores, patrones, entidades y organismos públicos a cubrir a las instituciones de seguridad social para proporcionar los servicios a que están obligados.
Aportes cubiertos a la institución aseguradora por el gobierno, patrón o trabajador de acuerdo con el salario base correspondiente, destinados al financiamiento de sus actividades.
Se usa como sinónimo de cotización o aporte de loas patronos, asegurados y el Estado para el financiamiento de los seguros sociales.