Cantidad de dinero que se reconoce a la asegurada en esta de gravidez.
Cantidad de dinero que se reconoce a la asegurada en esta de gravidez.
Para ayudar a los gastos que origine la muerte del asegurado sea activo o pensionado.
Un subsidio en dinero que se le concede a los huérfanos del asegurado para atender el pago de matrícula u otros gastos escolares.
Es la prestación en dinero que se otorga al asegurado inhabilitado para trabajar, a consecuencia de una incapacidad temporal derivada de un riesgo de trabajo, de enfermedades o accidentes no profesionales, así como la que se concede a la asegurada durante los períodos prenatal, posnatal de 42 día cada uno, en los que por prescripción médica legal debe descansar de su trabajo.
Es la cantidad en efectivo que se proporciona a los trabajadores al servicio del estado que así lo soliciten, cubriendo los requisitos que se señalan en la ley y obligándose a pagar dicha cantidad en un período corto y de manera quincenal.
Son medidas de previsión y prevención social de carácter educativo fundamentalmente sus fines son las elevación de los niveles de vida de la familia y la comunidad, la capacitación para el trabajo y una mejor utilización del tiempo libre.
Bienes o servicios no pecuniarios que se otorga a los derechohabientes en los casos previstos por la ley, por ejemplo:
1. Asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica
2. Servicio de hospitalización
3. Aparatos prótesis y ortopedia
4. Rehabilitación
5. Canastilla
6. Lactancia
7. Guarderías
Son las que se otorgan para proteger los medio de subsistencia de los asegurados o sus beneficiarios al realizarse los riesgos protegidos y reunirse las condiciones establecidas y sus reglamentos para cada caso. Constituye un beneficio económico y deben ser pagados por el instituto con exactitud y a oportunidad, para que cumplan con su finalidad.
Suma de dinero que se concede al asegurado, o beneficiario al sobrevenir alguna contingencia amparara por la institución de seguridad social, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por la ley.
Es el servicio exigible conforme a derecho, por derivarse de una ley, convenio o pacto.