Acto mediante el cual con las formalidades legales, preestablecidas se hace saber una resolución judicial o administrativa a la persona a la que se reconoce como interesado en su conocimiento o se le requiere para que cumpla un acto procesal.
Acto mediante el cual con las formalidades legales, preestablecidas se hace saber una resolución judicial o administrativa a la persona a la que se reconoce como interesado en su conocimiento o se le requiere para que cumpla un acto procesal.
Norma jurídica obligatoria que regula todos los aspectos de la seguridad social establecido como un servicio público de carácter nacional.
Conjunto de disposiciones de observancia general que rige las relaciones de trabajo
Conducta exterior voluntaria, realizada por el sujeto, encaminada a la producción de un resultado. En Derecho, se refiere al carácter procesal, poder jurídico de provocar la actividad de juzgamiento de un órgano que decida los litigios de intereses jurídicos.
En un proceso jurídico, la liberación completa al imputado, de los cargos formulados en su contra. Desestimar, a favor del demandado, las pretensiones contenidas en la demanda.
Supresión total de la vigencia y por lo tanto de la obligatoriedad de una ley, código o reglamento. Implica la anulación de la eficacia jurídica de un mandato legal en su conjunto.
Opinión o consejo que el perito en cualquier ciencia o arte formula verbalmente o por escrito, acerca de una cuestión de su especialidad, previo requerimiento de las personas interesadas o de una autoridad de cualquier orden o espontáneamente para servir a un interés general, social, singularmente necesitado de atención.
Opinión, juicio o parecer.
Un valor que la persona reclama como propio; presupone un elemento de autoconciencia apoyada en un pensamiento racional.
Conjunto de principios, preceptos y reglas a que están sometidas las relaciones humanas en toda sociedad civil.
Facultad natural del hombre para hacer legítimamente lo que conduce a los fines de su vida.
Son aquellas áreas facultadas para planear, normar y controlar la operación de los servicios.
Se considera como tal la petición o solicitud rechazada, ya sea por oferta insuficiente, deficiencia en la prestación de servicios u otras causas.