GLOSARIO DE SEGURIDAD SOCIAL

Compatibilidad

Desde el punto de vista genérico, por compatibilidad se entiende lo que puede existir con otro o entenderse con él (que no se contrapone). Para efectos de la seguridad social la compatibilidad de las pensiones se relacionan con el desempeño de trabajos remunerados y con el disfrute de otras pensiones en atención a una serie de reglas establecidas en la ley respectiva.
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